El artículo 1268 del Código Civil español explica que la violencia o intimidación anularán la validez de un contrato, incluso si se emplean por un tercero. |
Artículo 1268. El heredero podrá también hacer uso de la acción reivindicatoria sobre cosas hereditarias reivindicables, que hayan pasado a terceros, y no ... |
Artículo 1268 La violencia o intimidación anularán la obligación, aunque se hayan empleado por un tercero que no intervenga en el contrato. |
Artículo 1268. Será de ningún efecto la propuesta, si una de las partes falleciere o perdiere su capacidad para contratar: el proponente antes de haber ... |
Artículo 1268.- Pago indebido recibido de buena fe. Queda exento de la obligación de restituir quien, creyendo de buena fe que el pago se hacía por cuenta ... |
ARTÍCULO 1268. (CASO DEL COHEREDERO INSOLVENTE).-. La cuota del coheredero insolvente en una deuda hipotecaria, indivisible o anticrética se reparte ... |
La vis compulsiva consiste en el empleo de la fuerza sobre una persona, en modo que determina decisivamente su voluntad, pero no la suprime. En la práctica son ... |
El legatario que ha sustraído objetos pertenecientes a una sucesión, pierde los derechos que como legatario pudiera tener sobre dichos objetos, y no teniendo el ... |
Artículo 1268. La violencia o intimidación anularán la obligación, aunque se hayan empleado por un tercero que no intervenga en el contrato. Artículo 1269. |
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