Te explicamos el artículo 1446 del Código Civil español, que hace referencia a la calificación y la forma del contrato de compraventa. |
Artículo 1446. Toda persona es legalmente capaz, excepto aquellas que la ley declara incapaces. |
Aprobado/a por: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994. Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652. |
6 дней назад · Artículo 1446. Capacidad para recibir donacion. Es capaz de recibir entre vivos toda persona que la ley no ha declarado incapaz. |
Si el precio de la venta consistiera parte en dinero y parte en otra cosa, se calificará el contrato por la intención manifiesta de los contratantes. |
El art. 1446 CC dispone expresamente que: "Si el precio de la venta consistiera parte en dinero y parte en otra cosa, se calificará el contrato por la intenció ... |
Artículo 1446. No se deberán intereses sino cuando expresamente se hubiesen pactado. Palabras clave de éste artículo. Explora otros artículos de esta norma. |
Este artículo del Código Civil español hace referencia a la naturaleza y la forma del contrato de compraventa. Se establece que si el precio de la venta ... |
ARTÍCULO 1446. (ACCIÓN PAULIANA).- · 1. Que el acto impugnado origine un perjuicio al acreedor provocando o agravando la insolvencia del deudor. · 2. Que el ... |
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