Te explicamos el artículo 197 del Código Civil español, que hace referencia a la recuperación de los bienes cuando el muerto pruebe que sigue vivo. |
Publicación: 21/11/1994. Aprobado/a por: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994. Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652. APENDICE NORMATIVO Ver: Ley Nº 19 ... |
Vuelta del ausente.-La mejor prueba en contrario de la declaración del fallecimiento es la presentación del ausente, una vez debidamente identificado. |
La persona que ejerza una acción de filiación de mala fe o con el propósito de lesionar la honra de la persona demandada es obligada a indemnizar los perjuicios ... |
Artículo 197. Si después de la declaración de fallecimiento se presentase el ausente o se probase su existencia, recobrará sus bienes en el estado en que se ... |
Separación de bienes. Simple separación de bienes es la que se efectúa sin divorcio, en virtud de decreto judicial o por disposición de la ley. |
ARTÍCULO 197.- Nulidades absolutas. Cuando se trate de nulidades absolutas por existir un vicio esencial para la ritualidad o marcha del procedimiento, ... |
Artículo 197 La sociedad conyugal termina por la disolución del matrimonio, por voluntad de los consortes, por la sentencia que declare la presunción de muerte ... Artículos 207 al 218 · Capítulo VII · Capítulo VIII |
SECCION I - FORMA Y CONTENIDO. Artículo 197. Forma de la sentencia.- El tribunal estudiará por sí mismo los procesos, dictará personalmente la sentencia y la ... |
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Axtarisha Qayit Anarim.Az Anarim.Az Sayt Rehberliyi ile Elaqe Saytdan Istifade Qaydalari Anarim.Az 2004-2023 |