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Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 734. Reconocimiento y promesa autónoma. El reconocimiento puede referirse a un título o causa anterior; también puede constituir una promesa autónoma de deuda .
ARTÍCULO 734. Reconocimiento y promesa autónoma.- El reconocimiento puede referirse a un título o causa anterior; también puede constituir una promesa autónoma ...
Está prohibida la renuncia general de las leyes. Los efectos de la ley pueden ser renunciados en el caso particular, excepto que el ordenamiento jurídico lo ... Decreto N° 70/2023 · Ley Nº 27.551 · Ley Nº 27.586 · Ley Nº 27.737
5 дней назад · En todos los casos en que al dueño de una de las dos materias primas no sea fácil reemplazarla por otra de la misma calidad, valor y aptitud, y ...
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ARTICULO 734.-Reconocimiento y promesa autónoma. El reconocimiento puede referirse a un título o causa anterior; también puede constituir una promesa autónoma ...
ARTICULO 734.- El pago no puede hacerse a persona impedida de administrar sus bienes. Sólo será válido en cuanto se hubiese convertido en su utilidad ...
8 дней назад · Artículo 734. Los bienes embargados serán tasados por el juez, quien podrá, si lo estima necesario, oír peritos designados en conformidad al ...
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